Las disposiciones 294/2020 y 295/2020 establecen que la capacidad permitida en los micros de media y larga distancia será de 37 pasajeros en los vehículos “Semi Cama”, 26 en los que tiene el servicio “Cama Ejecutivo” y 18 en los denominados “Cama Suite”.
Los trenes deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles y podrá haber un pasajero parado por metro cuadrado.
Los documentos definen el uso del aire acondicionado y establecen distintas medidas de prevención, informó El Chubut.
Con respecto a los micros urbanos o interurbanos también se establecen las condiciones de distanciamiento en la que deben viajar los pasajeros.
Asimismo, fijan las condiciones para el uso del aire acondicionado en las unidades y detallan las tareas de desinfección que deben llevarse a cabo.
Los ferrocarriles de carga y de pasajeros tendrán que “adoptar medidas concretas dirigidas a evitar la conglomeración de personas principalmente dentro de las formaciones”.
Se exige el control de “temperatura a los conductores y guardas, mientras que los usuarios serán sometidos a lo mismo antes de abordar y al bajar”.
Todo el personal “deberá tener acceso a los insumos de protección y/o higiene básicos conforme a las recomendaciones del Ministerio de Salud”, se indicó.